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Ya está aquí el fin de las mascarillas: dónde sí hay que seguir usándola

Fin de la mascarilla

Dos años después, los españoles decimos hoy adiós a las mascarillas.

Nos despedimos, al menos, del uso de la mascarilla obligatoria porque estamos seguros de que habrá quiénes decidan seguir usándolas. Pero el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, que entra este 20 de abril en vigor, te permitirá que seas tú quien tome la decisión.

Por supuesto, hay excepciones lógicas. Las mascarillas seguirán siendo obligatorias para las personas de 6 años en adelante en los siguientes supuestos:

1) En los centros, servicios y establecimientos sanitarios (incluidas las farmacias). Según lo publicado en el BOE, “se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, puesto que son ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables y en los que la probabilidad de transmisión es más alta”.

2) En los centros sociosanitarios los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

3) En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo los camarotes cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

“En los medios de transporte se concentra mucha población en espacios pequeños, poca distancia interpersonal, a veces durante largos periodos de tiempo”.

¿Cuándo es recomendable la mascarilla?

Para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por Covid-19 se recomienda que se mantenga el uso de la mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.

Por ello, se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado. Asimismo, se recomienda el uso responsable de la mascarilla en los eventos multitudinarios. En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

“En el entorno laboral, con carácter general no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación”, contempla el BOE.